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ModeradosdelSur

NOS QUIEREN DIVERTIR CON EL CUENTO

Me ha llegado este correo que contesto más abajo. Lo sorprendente es que procede de España.

¿Será que pretenden hacer humor al mismo tiempo que convertirnos en víctimas de buena fe?

Fallo de Caperucita y el Lobo


 

Versión de la Justicia Argentina en relación a Caperucita y el Lobo con las  “mejoras” del proyecto de Reforma del Código Penal.

Visto y considerando:
1
) Que Caperucita no desconocía que podía encontrarse con el Lobo.
2) Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del bosque.
3) Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda para que el Lobo calme su hambre, no habrían ocurrido los sucesos referidos más arriba.
4) Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato, y que hay evidencias que primero conversa con ella.
5) Que es Caperucita quien le da pistas al Lobo y le señala el camino de la casa de la abuelita.
6) Que la anciana es inimputable ya que confunde a su nieta con el Lobo.
7) Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela, Caperucita no se alarma.
8) Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo con la abuelita demuestra lo poco que iba a visitarla, hecho que tipificaría un abandono de persona por parte de la joven Caperucita.
9) Que el Lobo, con preguntas simples y directas, quiere desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta.
10) Que cuando el Lobo, que ya no sabe qué más hacer para alertarla,  se come a Caperucita, es porque ya no le quedaba otra solución.
11) Que es altamente posible que antes, Caperucita hiciera el amor con el Lobo y lo disfrutara.
12) Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo: «¿Adónde vas?» responde: «A bañarme desnuda en el río..», cobra cada día más fuerza.
13) Que se desprende del punto anterior que es Caperucita la que provoca los más bajos instintos,  brutales y depredadores, en la pobre fiera.
14) Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde a su propia naturaleza y a su instinto natural y animal, exacerbados por la conducta de la susodicha Caperucita
15) Que párrafo aparte merece  la madre de Caperucita, quien exhibe culpabilidad por no acompañar a su hija.
    
Por todo lo antes dicho, se revoca el fallo de Cámara, absolviéndose al Señor Lobo y se dispone
además:
a) A percibir a la familia de Caperucita, imponiendo a la abuela presentarse en hospital a designar, para su observación gerontológica,  
b) A la madre apercibirla para que cumpla  correctamente con sus deberes de madre y
c) A Caperucita destinarla a realizar  trabajo comunitario en el Zoológico Local para conocer acabadamente la naturaleza y el instinto animal.
Aclarase asimismo en el presente fallo que este proceso no afecta el buen nombre y honor del Señor Lobo.
                  
Publíquese, regístrese, archívese, y téngase por firme el presente fallo.
                            

                           E. Raúl Zaffaroni

 

 

            Querida Silvia

 

Creo entender que el concepto de justicia, es algo que está en permanente construcción y considero que el Dr. Zaffaroni está entre los que más y mejor aportan para ese delicado proceso, tan significativo para la realización humana.

 

         Aquello que no creo es que el Ministro de la Corte vaya a necesitar es mi defensa, porque sus méritos académicos sobran para que sea tenido en la más alta consideración y son de conocimiento público. Algo que sí me gustaría es mencionar algunas experiencias personales que he tomado para formar mi propio criterio sobre esta persona que tanto se destaca entre los intelectuales del país.

 

         Todas mis actividades siempre fueron ajenas al derecho. El motivo por el cual registré su nombre en mi memoria, es por haber leído una entrevista en el desparecido diario La Voz. En aquellos días Zaffaroni era legislador y -palabra más, palabra menos- sus declaraciones fueron: “de un día para otro, tuvimos que redactar una ley para formalizar la libertad de los presos políticos de la dictadura”. Yo acoto que se trataba de la dictadura de los generales Onganía, Levingston y Lanusse, finalizada en 1973. Según recuerdo el concepto expresado en esas declaraciones, el Dr. Zaffaroni siguió diciendo: “frente a tanta urgencia, tomamos los discursos de Eva Perón y con eso fundamentamos la ley”. Admito que puedo estar cometiendo errores formales al citar sus palabras, porque lo hago de memoria, pero doy fe acerca de que el contenido conceptual es exacto.

 

         Otra referencia sobre el ministro, me la dio nuestro pariente y colega de Zaffaroni. Tú y yo sabemos que no hay coincidencia ideológica entre nuestro familiar y este especialista del Código Penal, cosa que me ayuda a creer en el concepto que expresó. Recuerdo que fue en la entrada del hospital aeronáutico, en ocasión de que Sarita y yo habíamos ido a visitar a su padre enfermo grave. Ese día charlamos de varios temas y fue derivando al de la justicia. Y allí, la parte pertinente, fue que me dijo así: “Si tú quieres seleccionar los cinco penalistas del mundo, con mayor prestigio, uno tiene que ser el Dr. Zaffaroni. Cuando Alemania -que es el país donde está más avanzado el estudio del Código Penal-, tiene alguna duda sobre la interpretación de algún “Códice Romano” u otro antecedente histórico de ese capítulo del derecho, lo consulta a él, en la seguridad de que obtendrá una opinión valiosa”.

 

         La tercera experiencia me ocurrió viajando en ómnibus desde Porto Alegre a Buenos Aires, en la compañía Pluma. Por tratarse de una empresa brasileña, la mayoría de los pasajeros eran de habla portuguesa. Lo que me sucedió allí fue que dos jóvenes, que iban sentados en el asiento detrás del mío, habían advertido que mi lengua es el castellano y se animaron a comunicarme algo que bien pareció ser una emocionante aventura intelectual que estaban viviendo. Así fue que me dijeron con entusiasmo y con mucho deseo de compartir con alguien un gusto fuera de lo común, que era el motivo de su viaje:

 

         -¿Tú eres Argentino?

         -Sí, de Buenos Aires.

         -Nosotros somos brasileños estudiantes de derecho. ¡Viajamos a Buenos Aires para presenciar algunas clases del Dr. Zaffaroni, porque sentimos admiración por su concepción del derecho penal! Muchos de nuestros compañeros también admiran su pensamiento de vanguardia.

         -¡Qué grato me resulta oírles decir esto. Les deseo que tengan una buena estadía y que les resulte de mucho provecho asistir a las clases.

 

A continuación les dije que mi especialidad no es el derecho, pero que por otro motivo también tenía un elevado concepto de ese abogado y allí les conté cómo habían sido sus declaraciones en el diario La Voz, de las cuales doy cuenta en párrafos anteriores.

 

Si bien soy muy ignorante de estos temas, no creo que  se registre una designación de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, con tanto cuidado por la legalidad, como lo ha sido la del Dr. Zaffaroni y lo mismo digo sobre la Dra. Argibay, que también es miembro del organismo judicial superior.  Porque además de cumplir con todas las formalidades constitucionales de la democracia, se ha dispuesto añadir un mecanismo adicional que me parece algo como un “concurso de oposición universal”, en el cual se ha invitado públicamente a que cualquier persona u organismo formularan las objeciones que consideraran pertinentes. Todo esto fue comunicado oficialmente por los medios informativos y es de dominio público. Está demás decir que si hubo alguna oposición, fue irrelevante frente a los méritos y honorabilidad de los postulados.

 

A la luz de las razones expuestas, no creo que la ingeniosa adaptación de Caperucita y el lobo que me mandaste, esté ceñida exclusivamente al humor. Y por otra parte, parecen estar escritos por personas que saben más de derecho, que lo que puedo saber yo y apelan a que la gente inocente lo divulgue.

 

Lamento tener que decir que los dichos de la parodia de fallo, aunque hayan sido presentados con una aparente intención hilarante, en realidad son absolutamente coherentes con una ideología antagónica a los evolucionados conceptos del derecho que postula el Dr. Zaffaroni, así como también son acompañados por la Dra. Argibay.

 

Agrego que desde el momento en que no presentan todos los argumentos que deben ser tenidos en cuenta en el arduo y espinoso debate de los principios de garantías, abolicionismo y de la edad de la imputabilidad de los menores, que son sostenidos por estos destacados juristas, creo reconocer que se oculta una intención maliciosa.

 

Policarpo Cuaresma

 

9 de marzo de 2009

 

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